Valida el envio de todos los campos del formulario

Asesoría Álamo Networks, S.L.U.

Top of Page
> > MEDIDAS DE AHORRO ENERGÉTICO ADOPTADAS EN ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES, ADMINISTRATIVOS Y DE PUBLICA CONCURRENCIA

MEDIDAS DE AHORRO ENERGÉTICO ADOPTADAS EN ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES, ADMINISTRATIVOS Y DE PUBLICA CONCURRENCIA

Boletin
ENTRADA EN VIGOR DE LAS MEDIDAS DE AHORRO ENERGÉTICO ADOPTADAS EN ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES, ADMINISTRATIVOS Y DE PUBLICA CONCURRENCIA.

El RDL 14/2022 publicado en el BOE el pasado 2/08/2022, 

En vigor desde  2 de septiembre, establece  la obligación de informar mediante carteles informativos o el uso de pantallas, las medidas de aplicación que contribuyen al ahorro energético relativas a:

  • Los valores límites de las temperaturas del aire.
  • Información sobre temperatura y humedad (deben disponer de termómetros visibles a los usuarios del edificio).
  • Apertura de puertas.
  • Regímenes de revisión y mantenimiento. Los carteles deberán ser visibles desde la entrada o acceso de los edificios, y deberán comunicar los valores límites de las temperaturas del aire (en recintos calefactados no será superior a 19ºC y refrigerados no será inferior a 27ºC) y humedad (entre 30% y 70%).

Os adjuntamos un modelo de cartel informativo que le sirva de referencia para cumplir esta norma.

¿Qué establecimientos están sujetos a la normativa?

  1. Los de uso administrativo, incluyendo plantas o zonas de oficinas, vestíbulos generales y zonas de uso público.
  2. Los comerciales: tiendas, supermercados, grandes almacenes, centros comerciales y similares.
  3. Los de concurrencia Pública: Culturales: teatros, cines, auditorios, centros de congresos, salas de exposiciones y similares.-Establecimientos de espectáculos públicos y actividades recreativas. Restauración: bares, restaurantes y cafeterías. Transporte de personas: estaciones y aeropuertos.

¿Cuándo entran en vigor las nuevas medidas?

  • Para la regulación de temperatura y apagado de alumbrado: Fecha de inicio: 9 de agosto de 2022.
  • Para la cartelería informativa: Fecha de inicio: 2 de septiembre de 2022.
  • Para el cerrado de puertas: Tienen que adaptarse antes del 30 de septiembre de 2022.
  • Para la revisión de instalaciones: Tienen que hacerse antes del 1 de diciembre de 2022. 

Todo este conjunto de medidas permanecerá vigente hasta el día 1 de noviembre de 2023.


Fuente: Amusal.