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Subvenciones CC AA Region Murcia fomento contratación

Boletin
Subvenciones de la CC. AA. de la Región de Murciapara fomentar la contratación indefinida y contratos formativos

SUBVENCIONES DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA PARA FOMENTAR LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA Y CONTRATOS FORMATIVOS 

 

 

 

 

 

Estimado cliente:

 

 

 

 Tenemos el gusto de informarle que con fecha 4 de Julio se han publicado diferentes extractos sobre la Resolución del 29 de junio de 2016, del Director General del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se aprueba la convocatoria de diferentes programas subvencionados.

 

 

 

 En la resolución se establecen diversos programas, de lo cual le hacemos un breve resumen que puede serle de gran utilidad:

 

 

 

 BENEFICIARIOS: Empresas cuyo centro de trabajo esté en Murcia .

 

 

 

 REQUISITOS:

 

 

 

  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias frente a la Agencia Tributaria y la Seguridad Social.
  • Formalizar contrato indefinido subvencionable con personas desempleadas inscritas, que reúnan los requisitos de los diversos programas establecidos o bien formalizar la transformación en indefinido de contrato temporal formativo.
  • Mantenimiento del puesto de trabajo durante un periodo de 2 años, salvo los contratos en prácticas que lo son por el establecido en el propio contrato y los acuerdos de prácticas no laborales que tendrán una duración mínima de seis meses.

 

 

 

 

 

 

 

 PROGRAMA I: POR TRANSFORMAR EN INDEFINIDOS CONTRATOS FORMATIVOS (en practicas y de formación).

 

 

 

Jornada completa

6.000 €

Jornada parcial (mínimo 50%)

3.000 €

 

 

 

 

 

 PROGRAMA II: CONTRATO EN PRACTICAS JÓVENES ENTRE 25-29 AÑOS.

 

 

 

 En este supuesto, la subvención estará vinculada a la duración inicial del contrato de trabajo, de acuerdo con la siguiente tabla:

 

 

 

De 6 a 12 meses

1.500 €

De 12 a 18 meses

2.700 €

De 18 a 24 meses

3.900 €

De 24 meses

5.100 €

 

 

 

 

 

Esta modalidad exige que el trabajador haya obtenido un titulo universitario o de formación profesional, que el trabajo a desarrollar esté directamente relacionado con la titulación obtenida y que el trabajador este inscrito como demandante de empleo.

 

 

 

 

 

 PROGRAMA III: CONTRATACIÓN INDEFINIDA INICIAL

 

 

 

Las cuantías de las subvenciones por contratación inicial indefinida varían en función a la edad de los trabajadores ( + 45 años, - 30 años, otros) y en función a la jornada (completa o parcial) del contrato.

 

 

 

 

 

*Contratación Indefinida + 45 años, inscritos como demandantes más de un año y con cargas familiares: 9.000 € jornada completa, 4.500 € jornada parcial.

 

 

 

*Contratación Indefinida + 45 años, inscritos como demandantes más de un año y que no tengan cargas familiares: 7.000 € jornada completa, 3.500 € jornada parcial

 

 

 

*Contratación Indefinida desempleados + 24 meses: 7.000 € jornada completa, 3.500 € jornada parcial.

 

 

 

*Contratación Indefinida desempleados Beneficiarios del Programa de Activación para el Empleo: 7.500 € jornada completa, 3.750 € jornada parcial.

 

 

 

*Contratación Indefinida desempleados menores de 30 años: 6.000 € jornada completa y 3.000€ jornada parcial.

 

 

 

*Contratación Indefinida desempleados en Practicas No Laborales: 7.000 € y 3.000 €

 

 

 

 

 

PLAZA DE SOLICITUD: Desde el 07/07/2016 hasta el 17/10/2016 

 

 

 

 

 

 La norma establece, como suele ser tradicional, una serie de exclusiones a tener en cuenta, las más significativas son:

 

 

 

1.- Trabajadores que hayan prestado sus servicios para la empresa o grupos de empresa mediante contratos indefinidos en los dos últimos años,

 

2.- La contratación con familiares de hasta segundo grado, así como con los socios de la mercantil solicitante.

 

4.- La empresas que en los doce meses anteriores a la contratación hayan efectuado despidos improcedentes.

 

  No obstante lo anterior, cada programa establece unas exclusiones propias, por lo que en caso de tener interés deberemos estudiar cada supuesto en particular al objeto de determinar la viabilidad o no de la solicitud.

 

 

 

 En caso de incumplimiento de las obligaciones adquiridas se vendrá obligado a la devolución de la subvención percibida de acuerdo con las prolijas reglas que establece la citada Orden de la Consejería de Presidencia y Empleo

 

 

 

Es muy importante tener en cuenta que la Administración emplea criterios objetivos de prelación y concede las subvenciones en función de las partidas presupuestarias por lo que podría no concederse la subvención, aunque objetivamente se reúnan todos los requisitos.

 

 

 

 Como quiera que las solicitudes se atenderán por riguroso orden de entrada, si está interesado en la obtención de alguna de las ayudas relacionadas en este escrito rogamos se pongan en contacto con este despacho donde con todo gusto ultimaremos la información y realizaremos las gestiones precisas para concretar la solicitud.

 

 

 

 

 

 Sin otro particular, quedamos a su entera disposición para ampliar cualquier extremo que consideren de interés.

 

 

 

 

 

Atentamente

 

 

Dpto. Laboral, Asesoría Álamo

laboral@totana.com

 

Teléfono: 868680893 (4 línea)