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Horario de cierre para los establecimientos públicos de la Región de Murcia durante Semana Santa y Fiestas de Primavera

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Orden de 2 de abril de 2014, del Consejero de Presidencia

Orden de 2 de abril de 2014, del Consejero de Presidencia, por la que se modifica la Orden de 10 de marzo de 2014, de la Consejería de Presidencia por la que se prorroga temporalmente el horario de cierre para los establecimientos públicos de la Región de Murcia durante Semana Santa y Fiestas de Primavera. (BORM 08-04-2014)

 

La celebración de Fiestas Tradicionales, como son las de Semana Santa y Fiestas de Primavera en la Región de Murcia, aconsejó prorrogar con carácter extraordinario y temporal los horarios de cierre de establecimientos y espectáculos públicos, regulados mediante Circular 2/1994, de 16 de febrero, de la Delegación de Gobierno y Resolución de la Secretaría General Cultura y Educación, de 9 de junio de 1996.

 

Con fecha 10 de marzo de 2014, mediante Orden del Consejero de Presidencia se prorrogó temporalmente dicho horario de cierre.

 

Considerando conveniente la modificación de la citada Orden y en aplicación de las facultades que tengo atribuidas y de conformidad con el Real Decreto 1.279/1994, de 10 de junio, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma, el Decreto 53/2001, de 15 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, el Decreto del Presidente de la Comunidad Autónoma 13/2013, de 23 de julio, de Reorganización de la Administración Regional, el Decreto 17/2013, de 25 de julio, por el que se establecen el orden de prelación de las Consejerías de la Administración Regional y sus competencias y el Decreto 141/2011, de 8 de julio, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Presidencia y modificado por el Decreto 74/2012, de 1 de junio, he tenido a bien dictar la siguiente

 

Orden

 

Se modifica en los apartados siguientes de la citada Orden con el siguiente tenor literal:

 

Segundo.- Se autoriza la apertura de los establecimientos públicos, incluidos en las categorías señaladas anteriormente y los Bares Especiales de la ciudad de Cartagena hasta las 7 horas de la madrugada del día 18 de abril de 2014, con motivo de la Procesión del Encuentro.

 

Tercero.

Sin perjuicio de lo establecido en el párrafo anterior, los establecimientos incluidos en las categorías indicadas anteriormente y Bares Especiales del municipio de Murcia podrán permanecer abiertos hasta las 7 horas de la madrugada de los días 22 y 27 de abril de 2014, con motivo de las Fiestas del Bando de la Huerta y del Entierro de la Sardina respectivamente.

 

Cuarto.- Así como hasta la 7 horas de la madrugada de los días 18 y 19 de abril de 2014, con motivo de la Festividad de Jueves Santo y Viernes Santo, de aplicación a los establecimientos incluidos en las categorías anteriores además de a Bares Especiales.

 

Murcia, 2 de abril de 2014.—El Consejero, Manuel Campos Sánchez